{"id":10707,"date":"2026-02-17T04:27:49","date_gmt":"2026-02-17T04:27:49","guid":{"rendered":"https:\/\/noticieroaustral.com\/?p=10707"},"modified":"2026-02-17T04:27:49","modified_gmt":"2026-02-17T04:27:49","slug":"lo-hicieron-cavar-su-propia-tumba-al-servicio-de-la-verdad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticieroaustral.com\/?p=10707","title":{"rendered":"lo hicieron cavar su propia tumba \u2013 Al servicio de la verdad"},"content":{"rendered":"
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La Corte de Apelaciones de Temuco confirm\u00f3 la sentencia que conden\u00f3 a ocho conscriptos del Ej\u00e9rcito en 1973, por su responsabilidad en el delito consumado de homicidio calificado de Jos\u00e9 Gast\u00f3n Buchhorsts Fern\u00e1ndez, 18 a\u00f1os y tambi\u00e9n soldado del Regimiento Cazadores de Valdivia, que fue perpetrado en 1973, en la comuna de Villarrica.<\/p>\n
En fallo un\u00e1nime, la Primera Sala del tribunal de alzada descart\u00f3 infracci\u00f3n en la sentencia impugnada, dictada por el ministro en visita extraordinaria \u00c1lvaro Mesa Latorre y confirm\u00f3 la sentencia que conden\u00f3 a los entonces conscriptos Rigoberto Becerra Fica, Ernesto Flores Colim\u00e1n, Waldo Eugenio Salinas N\u00fa\u00f1ez y Ren\u00e9 Miguel S\u00e1ez G\u00f3mez. La pena a cumplir se fija en siete a\u00f1os de presidio efectivo, m\u00e1s inhabilitaci\u00f3n absoluta perpetua para cargos y oficios p\u00fablicos y derechos pol\u00edticos y la inhabilitaci\u00f3n absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas.<\/p>\n
En tanto, a los acusados H.W.C.R., Hern\u00e1n Agust\u00edn Rodr\u00edguez Leyton, V\u00edctor Hugo Hermosilla Reinoso y Luis Edmundo Riveros Soto se les conden\u00f3 a penas de cinco a\u00f1os de reclusi\u00f3n, cumplimiento efectivo sustituido por la libertad vigilada intensiva por igual lapso, m\u00e1s accesorias de inhabilitaci\u00f3n absoluta perpetua para cargos y oficios p\u00fablicos y derechos pol\u00edticos y la inhabilitaci\u00f3n absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas, como coautores del delito.<\/p>\n
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En la sentencia de primer grado ratificada, el ministro Mesa Latorre dio por establecido que Jos\u00e9 Gast\u00f3n Buchhorsts Fern\u00e1ndez, 18 a\u00f1os, para 1973 se encontraba realizando el Servicio Militar Obligatorio en el Regimiento Cazadores de Valdivia, encuadrado en el escuadr\u00f3n morteros de la esa unidad militar. El 11 de septiembre de 1973, Jos\u00e9 Gast\u00f3n se encontraba en casa de sus padres, ya que d\u00edas previos hab\u00eda sido autorizada su salida. Sin embargo, por la situaci\u00f3n que imperaba en el pa\u00eds no se present\u00f3 oportunamente en su unidad militar, por lo que el padre decidi\u00f3 acompa\u00f1arlo para excusar esta situaci\u00f3n, lo que sucedi\u00f3 d\u00edas posteriores al Golpe de Estado. Al llegar a la guardia del Regimiento Cazadores, Jos\u00e9 decidi\u00f3 no entrar, se\u00f1alando su padre que ir\u00eda a realizar compras, no regresando a la unidad militar.<\/p>\n
En aquella \u00e9poca el Regimiento estaba al mando del coronel Santiago Sinclair Oyaneder, m\u00e1s tarde, Jefe del Estado Mayor Presidencial de Augusto Pinochet, Ministro Secretario General de la Presidencia, Vicecomandante en Jefe del Ej\u00e9rcito y miembro de la Junta Militar. Entre 1990 y 1998 fue senador designado. Este hombre del c\u00edrculo de confianza de dictador muri\u00f3 el 2025.<\/p>\n
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A ra\u00edz de su no presentaci\u00f3n o no ingreso al Regimiento, Jos\u00e9 Gast\u00f3n Buchhorsts Fern\u00e1ndez fue considerado \u201cdesertor\u201d. A ra\u00edz de ello, una patrulla a cargo del teniente Luis Rodr\u00edguez Rigo\u2013Richi (fallecido), e integrada por 8 o 9 soldados conscriptos, sali\u00f3 en b\u00fasqueda de Jos\u00e9 Gast\u00f3n, deteni\u00e9ndolo en la comuna de Villarrica, traslad\u00e1ndolo hasta el Regimiento, donde fue visto detenido por varios de sus compa\u00f1eros que tambi\u00e9n cumpl\u00edan el servicio militar, observando que era custodiado por otros soldados, estando con sus manos atadas en la espalda y tirado en el piso de un veh\u00edculo militar al interior de ese recinto.<\/p>\n
El fallo del ministro en visita estableci\u00f3 que en la unidad militar exist\u00eda una patrulla al mando de Rodr\u00edguez Rigo\u2013Richi, que era su grupo de confianza y estaba designada especialmente para cumplir \u00f3rdenes de patrullaje, detenciones y allanamientos por \u00f3rdenes de Sinclair.<\/p>\n
En horas de las tarde de d\u00edas siguientes al arresto del \u201cdesertor\u201d, la patrulla compuesta por los conscriptos Hern\u00e1n Agust\u00edn Rodr\u00edguez Leyton, V\u00edctor Hugo Hermosilla Reinoso, Luis Edmundo Riveros Soto, Ernesto Alejandro Flores Colim\u00e1n, Waldo Salinas N\u00fa\u00f1ez, Rigoberto Becerra Fica, Ren\u00e9 Miguel S\u00e1ez G\u00f3mez, Guillermo Segundo Mella Colpihueque y H.W.C.R al mando de Rodr\u00edguez Rigo\u2013Richi, se encarg\u00f3 de trasladar a Jos\u00e9 Gast\u00f3n hasta la comuna de Villarrica, con el prop\u00f3sito de buscar supuesto armamento en el sector. El propio Buchhorsts les habr\u00eda indicado aquello, recorriendo varios sectores en los faldeos del volc\u00e1n Villarrica, sin hallar nada.<\/p>\n
As\u00ed, el teniente Rodr\u00edguez orden\u00f3 al joven Jos\u00e9 Gast\u00f3n excavar y, cada cierto momento, le requer\u00eda que ingresara dentro de ella, ya que el prop\u00f3sito era hacer su propia tumba. Una vez terminada, orden\u00f3 a los soldados conscriptos disparar en contra de Buchhorsts, lo que hicieron todos los soldados presentes, ejecut\u00e1ndolo y enterr\u00e1ndolo en ese mismo lugar.<\/p>\n
Tiempo despu\u00e9s varios conscriptos del mismo Regimiento Cazadores, supieron de la muerte de Buchhorsts en los alrededores de la comuna de Villarrica, recordando algunos de ellos que incluso reunieron a todo el escuadr\u00f3n Mortero y le informaron su muerte.<\/p>\n
Pese a lo anterior y aun cuando su padre fue en reiteradas ocasiones a saber la situaci\u00f3n de su hijo, en el Regimiento Cazadores de Valdivia no se le entreg\u00f3 informaci\u00f3n, d\u00e1ndole solo respuestas evasivas, err\u00f3neas o ambiguas. Incluso le manifestaron que estar\u00eda en otro recinto militar de la misma comuna de Valdivia, concurriendo hasta ese lugar, no hallando dentro de los detenidos a su hijo. Con el tiempo y al no tener noticias de Jos\u00e9 Gast\u00f3n, varios otros familiares viajaron en reiteradas oportunidades a Valdivia, entrevist\u00e1ndose con un fiscal militar de apellido Manterola, quien les se\u00f1al\u00f3 que a Jos\u00e9 lo hab\u00edan llevado a un sector camino al volc\u00e1n Villarrica, pero al intentar escapar se le habr\u00eda aplicado la Ley de Fuga, siendo ejecutado en el lugar y que su cuerpo habr\u00eda quedado sepultado en ese mismo sitio, no inform\u00e1ndoles la ubicaci\u00f3n, ni permiti\u00e9ndoles buscar su cuerpo.<\/p>\n
El fallo judicial consigna que, hasta la fecha, \u201cning\u00fan funcionario p\u00fablico de las Fuerzas Armadas, en especial el mando del Ej\u00e9rcito de Chile que se desempe\u00f1aba en la \u00e9poca de los hechos, ha dado alg\u00fan antecedente a la autoridad respectiva en relaci\u00f3n a lo sucedido con Jos\u00e9 Gast\u00f3n Buchhorsts Fern\u00e1ndez y la ubicaci\u00f3n de su cuerpo manteniendo hasta el d\u00eda de hoy ocultamiento de todo tipo de antecedentes sobre los hechos (\u2026) Asimismo, seg\u00fan antecedentes del proceso, no hubo instrucci\u00f3n de investigaciones respecto a los hechos que rodearon la detenci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de Jos\u00e9 Gast\u00f3n Buchhorsts Fern\u00e1ndez, a pesar de que seg\u00fan acta de inscripci\u00f3n de defunci\u00f3n concurrieron a comprobarla el mismo teniente Luis Rodr\u00edguez y otros funcionarios del mismo Regimiento Cazadores de Valdivia\u201d.<\/p>\n
El cuerpo de Jos\u00e9 Gast\u00f3n Buchhorsts Fern\u00e1ndez permanece desaparecido.<\/p>\n
Santiago, 17 de febrero de 2026.<\/p>\n
Cr\u00f3nica Digital.<\/p>\n<\/p><\/div>\n\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"
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