{"id":12451,"date":"2026-04-01T07:36:57","date_gmt":"2026-04-01T07:36:57","guid":{"rendered":"https:\/\/noticieroaustral.com\/?p=12451"},"modified":"2026-04-01T07:36:57","modified_gmt":"2026-04-01T07:36:57","slug":"tribunales-confirman-condena-por-encubrimiento-de-secuestros-en-colonia-dignidad-cronica-digital","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticieroaustral.com\/?p=12451","title":{"rendered":"Tribunales confirman condena por encubrimiento de secuestros en Colonia Dignidad \u2013 Cr\u00f3nica Digital"},"content":{"rendered":"


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En un fallo un\u00e1nime, la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirm\u00f3 la sentencia que conden\u00f3 a Willi Ferdinand Malessa Boll a la pena \u00fanica de 6 a\u00f1os de presidio efectivo, en calidad de encubridor de los delitos de secuestro calificado de Juan Bosco Maino Canales, Elizabeth de las Mercedes Rekas Urra y Antonio Elizondo Ormaechea. Los il\u00edcitos fueron cometidos a partir de mayo de 1976 y sus rastros se pierden en la Colonia Dignidad, enclave ubicado en la comuna de Parral.<\/p>\n

As\u00ed, el tribunal de alzada \u2013integrada por el ministro Pedro Caro Romero y las ministras Paula Rodr\u00edguez Fond\u00f3n y Lidia Poza Matus\u2013 confirm\u00f3 la sentencia impugnada, dictada por la ministra en visita extraordinaria Paola Plaza Gonz\u00e1lez, en contra del colono alem\u00e1n.<\/p>\n

Malessa Boll fue integrante del equipo de seguridad del fallecido jerarca Paul Sch\u00e4fer, quien falleci\u00f3 adem\u00e1s imputado por causas de abusos de menores.<\/p>\n

EL SECUESTRO<\/strong><\/p>\n

Juan Maino era egresado de Ingenier\u00eda Mec\u00e1nica de la Universidad T\u00e9cnica del Estado (UTE) y fot\u00f3grafo. Entre 1973 y 1976 se desempe\u00f1\u00f3 como fot\u00f3grafo para el proyecto de educaci\u00f3n \u201cPadres e Hijos\u201d en el Centro de Investigaci\u00f3n y Desarrollo de la Educaci\u00f3n (CIDE), a cargo del sacerdote cat\u00f3lico Gerardo Whelan. La noche del 26 de mayo de 1976 fue detenido en el domicilio del matrimonio de la asistente social Elizabeth Rekas, la que entonces estaba embarazada de cuatro meses, y Antonio Elizondo, compa\u00f1ero de universidad de Maino, los que fueron secuestrados en la esquina de Alameda con Lord Cochrane, en las proximidades del trabajo de la profesional (Metro de Santiago).<\/p>\n

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Todos militaban en el Movimiento de Acci\u00f3n Popular Unitaria (MAPU) y sus detenciones fueron obra de la DINA.<\/p>\n

La investigaci\u00f3n judicial del caso permiti\u00f3 acreditar la vinculaci\u00f3n de la DINA con la Colonia Dignidad, y su participaci\u00f3n material directa en la desaparici\u00f3n forzada de personas. As\u00ed, el movimiento de derechos humanos levant\u00f3 la demanda de establecer un sitio de memoria en el lugar.<\/p>\n

Una luz de esperanza apareci\u00f3 en el marco del acuerdo bilateral entre Chile y Alemania, en el que ambos estados acordaron en 2017 transformar esta colonia en un sitio de memoria y centro de documentaci\u00f3n. Para ello se cre\u00f3 una Comisi\u00f3n Mixta de trabajo bilateral que oper\u00f3 desde entonces, incluyendo el segundo Gobierno del Presidente Sebasti\u00e1n Pi\u00f1era.<\/p>\n

Gabriel Boric dio un paso decisivo, al decretar en 2025 la expropiaci\u00f3n de una parte del enclave, 117 hect\u00e1reas, lo que implica trasladar a cerca de cien residentes.<\/p>\n

Con Jos\u00e9 Antonio Kast en la Presidencia, el Gobierno anunci\u00f3 la decisi\u00f3n de dar pie atr\u00e1s en la expropiaci\u00f3n de una parte de la ex Colonia Dignidad. El locuaz Ministro de Vivienda, Iv\u00e1n Poduje, en entrevista con \u201cLa Tercera\u201d, rechaz\u00f3 lo que llam\u00f3 un \u201cproyecto fara\u00f3nico\u201d, el que afirm\u00f3 costar\u00eda 47 mil millones de pesos. Argument\u00f3 que su prioridad es la reconstrucci\u00f3n de viviendas en zonas afectadas por incendios. Por cierto, no mostr\u00f3 estudio alguno que confirmara que ese valor corresponde a la tasaci\u00f3n del predio. Fue inevitable inferir que la situaci\u00f3n de los incendios fue una excusa para encubrir un prejuicio pol\u00edtico.<\/p>\n

Hubo un gran revuelo, que oblig\u00f3 luego a matizar a Jos\u00e9 Garc\u00eda, Ministro Secretario General de la Presidencia, que dijo que ser\u00eda una suspensi\u00f3n por un a\u00f1o, pero que continuar\u00edan con los compromisos internacionales.<\/p>\n

Luego, Kathrin Deschauer, vocera del Ministerio de Relaciones Exteriores de Alemania, dijo que la \u201crevisi\u00f3n de los cr\u00edmenes ocurridos en Colonia Dignidad es de gran importancia para el gobierno federal y, por lo mismo, este apoya el proyecto de levantar un sitio de memoria en Chile\u201d.<\/p>\n

FUNDAMENTOS DE LA CORTE<\/strong><\/p>\n

El fallo sostiene \u201clas conductas acreditadas del acusado se ajustan a la figura de participaci\u00f3n de encubridor, prevista en el art\u00edculo 17 N\u00b02 del C\u00f3digo Penal, norma que dispone que tienen dicha calidad los que con conocimiento de la perpetraci\u00f3n de un crimen o de un simple delito o de los actos ejecutados para llevarlo a cabo, sin haber tenido participaci\u00f3n en \u00e9l como autores o c\u00f3mplices, intervienen, con posterioridad a su ejecuci\u00f3n\u201d, a trav\u00e9s de ocultar o inutilizar \u201cel cuerpo, los efectos o instrumentos del crimen o simple delito para impedir su descubrimiento\u2019\u201d.<\/p>\n

La resoluci\u00f3n puntualiza que: \u201cEn efecto, los hechos establecidos dan cuenta que el acusado colabor\u00f3 con posterioridad, dolosamente, con una conducta criminal ejecutada por terceros, favoreci\u00e9ndola de manera consciente, perpetuando la incertidumbre acerca del destino de los secuestrados, pues a \u00e9l se encomend\u00f3 la exhumaci\u00f3n de cuerpos que permanec\u00edan sepultados en diez fosas, cada una con al menos cuatro cad\u00e1veres, adem\u00e1s de la desaparici\u00f3n de veh\u00edculos\u201d.<\/p>\n

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Para el tribunal de alzada, \u201ces posible concluir, tal como lo realiza el fallo apelado, que las exhumaciones llevadas a cabo por el acusado junto con el entierro de piezas vehiculares no constituyen hechos aislados ni desconectados del delito de secuestro calificado, que puedan ser calificados jur\u00eddicamente como delitos independientes, como el de exhumaci\u00f3n ilegal, previsto en el art\u00edculo 322 del C\u00f3digo Pernal \u2013como lo pretende la defensa\u2013, sino que, por el contrario, conforman una unidad de actos concatenados que integran una misma cadena delictiva, lo que transforma a Willi Malessa Boll en part\u00edcipe en calidad de encubridor de los delitos de secuestro, los cuales constituyen cr\u00edmenes de lesa humanidad\u201d.<\/p>\n

Adem\u00e1s, destacan lo afirmado por la jueza, en cuanto a que la calificaci\u00f3n de encubrimiento surge como consecuencia de que los hechos que se le atribuyen al acusado \u201cmantuvieron el estado consumativo de los secuestros y configuraron un mecanismo de protecci\u00f3n a los autores\u201d.<\/p>\n

Agrega que \u201chay una conexi\u00f3n temporal entre la privaci\u00f3n de libertad y la operaci\u00f3n de \u2018limpieza\u2019 que se le orden\u00f3, coartando en ese momento cualquier noticia posible de las v\u00edctimas, porque al momento en que sostiene haber exhumado cuerpos desde diez fosas existentes en Colonia Dignidad, no es posible afirmar si Juan Maino, Elizabeth Rekas y Antonio Elizondo segu\u00edan vivos o sus cuerpos eran parte de aquellos, al menos veinte, que se hicieron desaparecer definitivamente\u201d, afirma el fallo.<\/p>\n

Por tanto, se resolvi\u00f3 que \u201cse confirma la sentencia apelada de fecha treinta de mayo de dos mil veinticinco, dictada por la ministra en visita extraordinaria do\u00f1a Paola Plaza Gonz\u00e1lez\u201d.<\/p>\n

Santiago, 1 de abril de 2026.<\/p>\n

Cr\u00f3nica Digital.<\/p>\n<\/p><\/div>\n\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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