<\/a><\/div>\nTipificar y sancionar con penas de c\u00e1rcel la\u00a0divulgaci\u00f3n de antecedentes que surgen en una investigaci\u00f3n penal reservada<\/b>\u00a0es el objetivo de una moci\u00f3n parlamentaria ingresada por los senadores Pedro Araya, Luz Ebensperguer, Paulina N\u00fa\u00f1ez, Luciano Cruz-Coke y Alfonso de Urresti, y que ha desencadenado una serie de cuestionamientos.<\/p>\n
Y es que si bien, como han dicho sus autores, la iniciativa buscar\u00eda resguardar los procedimientos judiciales,\u00a0no pocos la han cuestionado y tildado como una suerte de Ley Mordaza 2.0.<\/p>\n
En conversaci\u00f3n con\u00a0La Tercera<\/b>, el senador Araya hace su derecho a r\u00e9plica y es tajante en descartar que esto busque entorpecer el trabajo period\u00edstico. Explica, en esa l\u00ednea, que previa ponderaci\u00f3n de derechos que colisionan, como la libertad de expresi\u00f3n e informaci\u00f3n, lo que se busca es proteger a\u00fan m\u00e1s el accionar de la justicia.<\/p>\n
\u201cDescarto que esta sea una Ley Mordaza 2.0.\u00a0Esta es una ley que busca hacerse cargo de un problema que hoy tiene el sistema de persecuci\u00f3n penal, que son las filtraciones\u201d,\u00a0<\/b>comienza diciendo.<\/p>\n
Junto con esto, agrega que\u00a0<\/b>\u201dac\u00e1 se pretende regular ciertas situaciones que hoy d\u00eda tienen un marco difuso de regulaci\u00f3n en materia procesal penal, producto de que a la \u00e9poca en que se dict\u00f3 el c\u00f3digo las tecnolog\u00edas actuales de comunicaciones no exist\u00edan, y as\u00ed distinguir aquellas cosas que son de la vida privada de una persona y que se mantengan en ese \u00e1mbito, y que s\u00f3lo sean conocidas aquellas cosas que tengan inter\u00e9s en la investigaci\u00f3n penal\u201d.<\/p>\n
En el mismo sentido, explic\u00f3 que aqu\u00ed hay una\u00a0colisi\u00f3n de derechos constitucionales<\/b>\u00a0y lo que le corresponde al legislador es ponderar cu\u00e1l de estos derechos debe primar sobre el otro.<\/p>\n
\u201cPor una parte est\u00e1 el derecho al ejercicio a la libertad de prensa, pero tambi\u00e9n est\u00e1 lo que es la garant\u00eda del buen funcionamiento del sistema judicial, el derecho a la defensa y a la honra de las personas\u201d, asegura.<\/p>\n
El parlamentario explicita que \u201cpor lo dem\u00e1s, hay que tener presente que esta situaci\u00f3n ha sido resuelta por el propio legislador, antes de la dictaci\u00f3n de este proyecto, porque\u00a0el proceso penal es secreto para terceros que no son partes en la investigaci\u00f3n<\/b>\u201d.<\/p>\n
De esta forma,\u00a0el congresista admiti\u00f3 que en el caso de aprobarse la moci\u00f3n de la cual es autor periodistas s\u00ed podr\u00edan ser sancionados<\/b>\u00a0-como ya pueden serlo por difusi\u00f3n de investigaciones ligadas al crimen organizado-, aunque con penas m\u00e1s bajas que, por ejemplo, funcionarios p\u00fablicos.<\/p>\n
\u201cNo es la regla general la publicidad de la investigaci\u00f3n penal, y el proceso penal se vuelve p\u00fablico solo en determinadas circunstancias, que es el propio c\u00f3digo el que lo ha regulado (\u2026) Hoy no existe el delito de la filtraci\u00f3n de una investigaci\u00f3n penal, pero lo que ha hecho este proyecto es establecer un cat\u00e1logo claro, donde obviamente\u00a0la mayor sanci\u00f3n y la mayor responsabilidad la tienen los funcionarios p\u00fablicos<\/b>\u00a0que est\u00e1n obligados a guardar secreto o reserva de la investigaci\u00f3n, como son, por ejemplo, los fiscales, funcionarios del Ministerio P\u00fablico, del Poder Judicial, las polic\u00edas\u201d, sostuvo.<\/p>\n
Y complement\u00f3: \u201cLa mayor pena est\u00e1 dada para los funcionarios p\u00fablicos y, eventualmente, los periodistas o un particular podr\u00edan ser sancionados con una multa<\/b>\u201d.<\/p>\n
RESERVAS POR PER\u00cdODOS<\/strong><\/p>\nConsultado respecto de que esta modificaci\u00f3n sea interpretada como una forma de impedir que casos de corrupci\u00f3n puedan salir a la luz, Araya recalc\u00f3 que la propuesta implica resguardar la reserva s\u00f3lo por periodos de tiempo, no para siempre.<\/p>\n
\u201cHay que tener presente que lo que el proyecto hace es establecer el secreto a la reserva de la investigaci\u00f3n en per\u00edodos de tiempo.\u00a0Esto no se trata de que aqu\u00ed no se va a poder informar<\/b>, sino que impide aquello en determinados per\u00edodos de tiempo que establece el legislador, respecto al cual el fiscal decreta secreta o reservado una investigaci\u00f3n\u201d, sostuvo.<\/p>\n
Se busca cautelar, remarc\u00f3, que las distintas diligencias que est\u00e1 haciendo la fiscal\u00eda o las piezas de la investigaci\u00f3n se puedan llevar adelante y no sean conocidas con anterioridad.<\/p>\n
\u201cSe fija una temporalidad respecto de cu\u00e1ndo son m\u00e1s rigurosas las normas de protecci\u00f3n para periodos en que la investigaci\u00f3n es secreta<\/b>\u201d, insisti\u00f3. (La Tercera)<\/p>\n<\/p><\/div>\n