<\/a><\/div>\nLa comisi\u00f3n que investiga los actos del Gobierno en relaci\u00f3n con la fallida compraventa de la casa del expresidente Salvador Allende est\u00e1 llegando a su etapa final. Los integrantes acordaron que el pr\u00f3ximo mi\u00e9rcoles se someter\u00e1n a votaci\u00f3n las conclusiones de la instancia, contenidas en los textos que fueron remitidos a la secretar\u00eda este lunes<\/strong>.<\/p>\nActualmente hay dos informes con posturas contrapuestas<\/strong>. Uno fue elaborado por el diputado Ra\u00fal Leiva (PS), y el otro, por los diputados de Renovaci\u00f3n Nacional Andr\u00e9s Longton y Paula Labra. Este \u00faltimo tambi\u00e9n recibi\u00f3 comentarios de legisladores de Chile Vamos, del Partido Republicano y tambi\u00e9n del Partido Nacional Libertario.<\/p>\nCon el objetivo de alcanzar un acuerdo en la comisi\u00f3n, los legisladores se dieron un par de d\u00edas para analizar ambos documentos e intentar llegar a un consenso<\/strong>. Sin embargo, se anticipa que ser\u00e1 dif\u00edcil, ya que existen discrepancias significativas en varios puntos.<\/p>\nCONCLUSIONES DE LA OPOSICI\u00d3N<\/strong><\/p>\nEl informe presentado por los diputados Longton y Labra establece que la fallida compraventa del inmueble \u00abno solo estuvo marcada por desprolijidades t\u00e9cnicas y jur\u00eddicas, sino que adem\u00e1s, desde su origen, se vio empa\u00f1ada por una grave improvisaci\u00f3n institucional en materia presupuestaria<\/strong>\u00ab.<\/p>\nAsimismo, sostiene que \u00abel Congreso Nacional jam\u00e1s aprob\u00f3 la adquisici\u00f3n de la vivienda del ex presidente Allende como se argument\u00f3, err\u00f3neamente, en el discurso gubernamental, ya que la modificaci\u00f3n presupuestaria para permitir dicha adquisici\u00f3n se hizo posterior a la discusi\u00f3n parlamentaria y de forma interna mediante instrucci\u00f3n presidencial\u00bb.<\/strong><\/p>\nAcusan tambi\u00e9n una \u00abausencia de un procedimiento claro, estandarizado y normativamente obligatorio para la retasaci\u00f3n de bienes inmuebles cuando existe una discrepancia entre tasaciones p\u00fablicas y privadas<\/strong>\u00ab.<\/p>\nTambi\u00e9n advierten \u00abla ausencia de documentaci\u00f3n formal y la evidente opacidad con que se adoptaron decisiones cruciales al m\u00e1s alto nivel pol\u00edtico y administrativo del Estado<\/strong>\u00ab.<\/p>\nAdem\u00e1s, se\u00f1alan que \u00abla compraventa de la casa de Salvador Allende no es solo una operaci\u00f3n destinada a honrar el legado de un Expresidente, sino que es tambi\u00e9n una operaci\u00f3n econ\u00f3micamente beneficiosa para su familia\u00bb.<\/strong><\/p>\nEl informe tambi\u00e9n arremete contra el Presidente Gabriel Boric, acusando \u00abun intento expl\u00edcito del mandatario por eximirse de responsabilidad, sosteniendo que desconoc\u00eda las potenciales inhabilidades constitucionales que rodeaban la adquisici\u00f3n<\/strong>\u00ab.<\/p>\nA juicio de los legisladores de oposici\u00f3n, \u00abeste argumento resulta insuficiente, cuestionable e institucionalmente alarmante, dado el cargo que ocupa y el rol que le corresponde en la estructura del Estado<\/strong>. La excusa presidencial respecto del desconocimiento sobre estas inhabilidades revela, al menos, una falla grave y preocupante en la comunicaci\u00f3n interna en La Moneda, poniendo de relieve la inadecuada gesti\u00f3n administrativa y el evidente descontrol institucional en la toma de decisiones estrat\u00e9gicas\u00bb.<\/strong><\/p>\n\u00abEl Presidente Boric en pro de la impunidad pol\u00edtica se\u00f1ala al Congreso Nacional en su oficio de respuestas que desconoce el texto expreso de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de la Rep\u00fablica, cuesti\u00f3n inaceptable comprendiendo el rol del jefe de Estado en el entramado institucional chileno<\/strong> (\u2026) Un Presidente que desconoce el contrato pol\u00edtico contenido en la Carta Fundamental, donde se regulan no solo las potestades presidenciales sino el marco de protecci\u00f3n de los ciudadanos frente al Estado, es simplemente alguien que no pareciera estar en posesi\u00f3n de aptitudes m\u00ednimas para ejercer la primera magistratura<\/strong>\u00ab, a\u00f1aden en el documento.<\/p>\nTambi\u00e9n cuestionan el rol de los asesores del segundo piso de La Moneda: \u00abLejos de cumplir su rol de asesor\u00eda t\u00e9cnica y preventiva, los asesores presidenciales ejercieron presiones indebidas para avanzar en una compra plagada de conflictos de inter\u00e9s<\/strong>, irregularidades administrativas y advertencias expl\u00edcitas que fueron sistem\u00e1ticamente ignoradas\u00bb, apuntando directamente contra Leonardo Moreno, jefe de Pol\u00edticas P\u00fablicas, y Bernardita Nazar, sectorialista presidencial vinculada a diversos ministerios.<\/p>\nEn un apartado distinto, reprocharon el actuar de Francisca Moya, sobre quien solicitaron su salida inmediata: \u00abFrancisca Moya, en calidad de m\u00e1xima autoridad t\u00e9cnica de esta divisi\u00f3n, tuvo una responsabilidad directa y crucial en dicho fracaso (\u2026) se presenten leg\u00edtimas dudas acerca de la permanencia de Francisca Moya en la jefatura de la Divisi\u00f3n Jur\u00eddico-Legislativa del Ministerio Secretar\u00eda General de la Presidencia, ya que ello depende precisamente del Presidente Boric\u00bb.<\/p>\n
INFORME DEL OFICIALISMO<\/strong><\/p>\nPor otro lado, en las conclusiones planteadas por el diputado socialista Leiva se establece que, despu\u00e9s de la comisi\u00f3n investigadora, \u00abqueda claramente establecido que, el contrato de compraventa suscrito, no adolece de ning\u00fan vicio en s\u00ed mismo, siendo un acto jur\u00eddico que cumple en su integridad con el ordenamiento jur\u00eddico nacional vigente y aplicable al caso concreto\u00bb.<\/p>\n
Adem\u00e1s, se indica que \u00ablos actos de gobierno referidos, cumplen en forma \u00edntegra y a cabalidad con todo el ordenamiento jur\u00eddico vigente y aplicable al caso<\/strong>, al igual que la actuaci\u00f3n de la Administraci\u00f3n del Estado interviniente en estos, que tambi\u00e9n se ajust\u00f3 plenamente a derecho\u00bb.<\/p>\nA diferencia del informe de la oposici\u00f3n, el del diputado Leiva sostiene que \u00abno tuvo preeminencia un inter\u00e9s privado de la Honorable Exsenadora ni de la Honorable Exministra por sobre el inter\u00e9s p\u00fablico, sino m\u00e1s bien, la b\u00fasqueda por concretar una pol\u00edtica p\u00fablica en memoria hist\u00f3rica y patrimonial<\/strong>, refrendada por el Poder Legislativo\u00bb.<\/p>\nAsimismo, subraya lo siguiente: \u00abDesestimar que la calidad de parlamentaria de la Honorable Exsenadora y la calidad ministerial de la Honorable Exministra, influyera en la decisi\u00f3n de adquirir el inmueble en cuesti\u00f3n, ya que justamente dichas normas y pol\u00edticas p\u00fablicas previas, expresan y fundamentan, tanto, la voluntad legislativa y ejecutiva desplegada, como tambi\u00e9n, la habilitaci\u00f3n de la actuaci\u00f3n realizada\u00bb.(Emol)<\/p>\n<\/p><\/div>\n