{"id":7085,"date":"2025-11-19T13:39:19","date_gmt":"2025-11-19T13:39:19","guid":{"rendered":"https:\/\/noticieroaustral.com\/?p=7085"},"modified":"2025-11-19T13:39:19","modified_gmt":"2025-11-19T13:39:19","slug":"la-grieta-entre-el-estado-de-derecho-y-el-derecho-a-la-vivienda-al-servicio-de-la-verdad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/noticieroaustral.com\/?p=7085","title":{"rendered":"La grieta entre el Estado de derecho y el derecho a la vivienda \u2013 Al servicio de la verdad"},"content":{"rendered":"


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Por C\u00e9sar Vargas Rojas<\/i><\/p>\n

El desalojo de la megatoma de San Antonio -resuelto por la Corte de Apelaciones de Valpara\u00edso- pone en evidencia un dilema estructural: por un lado, la obligaci\u00f3n de cumplir una orden judicial y restaurar el derecho de propiedad; por otro, la fragilidad del derecho humano a una vivienda digna en un contexto social marcado por el d\u00e9ficit habitacional, altos precios y un componente migratorio creciente. La tensi\u00f3n entre esas dos dimensiones exige una reflexi\u00f3n \u00e9tica, pol\u00edtica y jur\u00eddica.<\/p>\n

La Corte de Apelaciones de Valpara\u00edso, al acoger la petici\u00f3n de la inmobiliaria propietaria del terreno, orden\u00f3 el desalojo de aproximadamente 4.136 viviendas que albergan a cerca de 10 000 personas, y dispuso que dicho procedimiento debe realizarse \u201cde forma razonable y paulatina\u201d<\/i>, con coordinaci\u00f3n entre el Ministerio de Vivienda, el municipio y otras entidades para proporcionar un recinto de acogida transitorio. Esta orden judicial materializa el principio fundamental del Estado de derecho: la restituci\u00f3n de la propiedad privada cuando existe un asentamiento ilegal. No obstante, la mera ejecuci\u00f3n judicial, sin una estrategia de pol\u00edtica p\u00fablica que garantice alternativas habitacionales, corre el riesgo de generar una crisis humanitaria, tal como han advertido los propios pobladores, quienes han se\u00f1alado la posibilidad real de enfrentamientos, heridos o incluso muertes.<\/p>\n

La suspensi\u00f3n temporal del desalojo, fruto de un acuerdo pol\u00edtico entre el Gobierno, la empresa due\u00f1a del terreno y el municipio, revela que existe conciencia de esta dimensi\u00f3n social. El ministro de Vivienda, Carlos Montes, lo ha calificado no solo como un imperativo legal, sino como una \u201cobligaci\u00f3n humanitaria y social\u201d, especialmente pensando en los ni\u00f1os y ni\u00f1as que habitan la toma. Adem\u00e1s, la propuesta de que cuarenta cooperativas internas adquieran el terreno mediante cr\u00e9dito de Banco Estado \u2013una f\u00f3rmula cooperativa inspirada en modelos previos a 1973<\/i>\u2013 representa una v\u00eda innovadora para conciliar la restituci\u00f3n con la justicia social.\u00a0<\/span><\/p>\n

Sin embargo, esta soluci\u00f3n negociada no debe cegarnos frente al diagn\u00f3stico sist\u00e9mico m\u00e1s amplio: la megatoma es s\u00edntoma de un d\u00e9ficit estructural en la pol\u00edtica habitacional chilena. Seg\u00fan datos oficiales, el d\u00e9ficit habitacional cuantitativo supera las 550 mil viviendas, seg\u00fan la encuesta Casen 2022, incluso con las correcciones m\u00e1s recientes, el Censo 2024 reporta un d\u00e9ficit de casi 492 mil viviendas que requieren una soluci\u00f3n real. A este n\u00famero se suman cientos de miles de hogares que viven en condiciones precarias, de hacinamiento o requieren mejoras urgentes, como ha denunciado el Ministerio de Vivienda.\u00a0<\/span><\/p>\n

En este contexto, no es sorprendente que comunidades como la de la megatoma recurran a la ocupaci\u00f3n: si las viviendas formales son inaccesibles por precio o cr\u00e9dito, y los programas sociales no han logrado cerrar la brecha, la toma se convierte en una estrategia desesperada pero l\u00f3gica para familias sin otra alternativa.\u00a0<\/span><\/p>\n

Adicionalmente, hay un factor migratorio que no puede ignorarse. Si bien no todos los pobladores de tomas son migrantes, el fen\u00f3meno migratorio ha ejercido presi\u00f3n sobre la demanda de vivienda, especialmente en zonas vulnerables. Muchos migrantes se enfrentan a barreras para acceder a vivienda formal: ingresos bajos, dificultad de cr\u00e9dito y discriminaci\u00f3n potencial, en un pa\u00eds donde la vivienda ya es escasa y costosa, la llegada de m\u00e1s personas complica la ecuaci\u00f3n entre oferta y demanda, poniendo en tensi\u00f3n la capacidad del Estado para proteger tanto la propiedad privada como los derechos b\u00e1sicos.<\/p>\n

Desde una perspectiva de derechos humanos, Chile tiene obligaciones internacionales al haber ratificado el Pacto Internacional de Derechos Econ\u00f3micos, Sociales y Culturales (PIDESC), el Estado est\u00e1 comprometido con garantizar progresivamente el derecho a una vivienda adecuada. El desalojo forzoso, seg\u00fan est\u00e1ndares internacionales, debe ir acompa\u00f1ado de medidas que aseguren que las personas no queden sin vivienda. En este caso, la orden judicial incluye previsi\u00f3n de alojamiento transitorio, lo que es un primer paso; pero es insuficiente si no se va m\u00e1s all\u00e1 hacia una soluci\u00f3n permanente y estructural para quienes viven en la megatoma.<\/p>\n

Asimismo, la propuesta cooperativa es una v\u00eda valiosa, pero no debe convertirse en la excepci\u00f3n que justifica la inacci\u00f3n estructural, toda vez que el Estado debe adoptar pol\u00edticas de largo plazo para aumentar la oferta de vivienda asequible: m\u00e1s subsidios, m\u00e1s suelo p\u00fablico, m\u00e1s programas cooperativos, pero tambi\u00e9n regulaci\u00f3n para detener la especulaci\u00f3n inmobiliaria que encarece los terrenos. La C\u00e1mara Chilena de la Construcci\u00f3n ha advertido sobre mecanismos que no incentiven ocupaciones ilegales, pero tambi\u00e9n debe reconocer que la falta de opciones legales hace que muchas familias no tengan otra salida.\u00a0<\/span><\/p>\n

Finalmente, es imprescindible que el desalojo no sea visto como un fin en s\u00ed mismo, sino como una ventana para repensar la pol\u00edtica habitacional chilena. Si bien debe respetarse la legalidad, el Estado no puede desentenderse de su responsabilidad social: desaparecer una toma sin proveer soluciones equivalentes ser\u00eda una derrota \u00e9tica para una democracia que aspira a ser tambi\u00e9n social, por lo que garantizar vivienda digna no es un lujo: es una obligaci\u00f3n constitucional y moral.<\/p>\n

En conclusi\u00f3n, el desalojo planificado de la megatoma de San Antonio impone un reto dual: hacer valer la ley y al mismo tiempo proteger a las familias vulnerables que no tienen alternativas reales de vivienda. La negociaci\u00f3n actual -y especialmente la propuesta de cooperativas para comprar el terreno- podr\u00eda marcar un camino m\u00e1s justo si se acompa\u00f1a de una estrategia nacional ambiciosa para cerrar el d\u00e9ficit habitacional y asegurar que el derecho a la vivienda no quede subordinado al derecho de propiedad. S\u00f3lo as\u00ed podremos convertir este conflicto en una oportunidad para reforzar la justicia social y la dignidad ciudadana en Chile, siempre con una observancia de asistencia al ciudadano que no tiene acceso.<\/p>\n

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Por C\u00e9sar Vargas Rojas, acad\u00e9mico de Derecho UNAB.<\/p>\n

Santiago de Chile, 19 de noviembre 2025
Cr\u00f3nica Digital<\/p>\n

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