Los votos de la nueva presidenta de la Corte Suprema en favor del exdictador Augusto Pinochet – Al servicio de la verdad

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Los votos de la nueva presidenta de la Corte Suprema en favor del exdictador Augusto Pinochet – Al servicio de la verdad

Se dice que la memoria es frágil. Por eso es conveniente revisitar antecedentes entregados el 2013 por el reconocido periodista Jorge Escalante, que recordaron la postura favorable al exdictador Augusto Pïnochet en causas por crímenes de lesa humanidad, específicamente en la Operación Cóndor y el asesinato del excomandante en jefe del Ejército, general Carlos Prats y su esposa Sofía Cuthbert.

En un trabajo publicado en “El Mostrador”, Escalante detalló que en el año 2004, “en dos oportunidades la Justicia enfrentó a Augusto Pinochet a la posibilidad de ser desaforado, en su calidad de expresidente. En la primera de ellas, la jueza destacó el débil estado de salud del dictador como tesis. En la segunda, repitió su negativa”, a pesar de declaraciones de Manuel Contreras respecto del funcionamiento de la DINA: “Cualquier misión a cumplir vino siempre del Presidente de la República” (Pinochet).

En una contundente resolución con 14 votos a favor y nueve en contra, el 28 de mayo de 2004 el Pleno de la Corte de Apelaciones de Santiago desaforó a Pinochet, por los crímenes de la Operación Cóndor. Pese a los numerosos antecedentes inculpatorios tenidos en cuenta por la mayoría de los magistrados, entre los oponentes estuvo Gloria Ana Chevesich.

En el fallo de 56 páginas del 5 de julio de 2004, la ministra no sólo respaldó la inocencia del dictador en estos delitos de lesa humanidad, sino que arguyó la exculpación de Pinochet insistiendo en sus “precarias” condiciones de salud mental y física.

Más aún, señaló Escalante, “en el fallo quedó reflejado que al votar a favor de Pinochet, la jueza no consideró uno de los elementos centrales que tuvo en cuenta la mayoría de los ministros para levantar su inmunidad. Este fue una declaración en el proceso Cóndor del ex jefe de la DINA, Manuel Contreras (…) En ella, por primera vez Contreras culpó directamente a Pinochet haciéndolo corresponsable de los hechos”.

Tampoco fue suficiente para la magistrada que la mayoría del Pleno consignó en el dictamen que, según los antecedentes tenidos a la vista para resolver, “estos dan suficiente cuenta del conocimiento por parte de Augusto Pinochet de hechos que, como los reseñados, estuvo en situación de impedir atendida su investidura”.

El 26 de agosto de 2004, el pleno de la Corte Suprema confirmó el desafuero y el 13 de diciembre, el ministro Juan Guzmán Tapía procesó a Pinochet.

No es todo, Seis meses después de lo narrado, el 2 de diciembre de 2004, el Pleno de la Corte de Apelaciones de Santiago, por la misma votación 14 a favor y nueve en contra, concedió el desafuero de Pinochet por el doble homicidio del ex comandante en jefe del Ejército, general Carlos Prats y su esposa Sofía Cuthbert, ocurrido en 1974 en Buenos Aires, mediante una bomba instalada bajo su auto por los agentes de la Dina Michael Townley y Mariana Callejas. En Estados Unidos, Townley diría a la jueza argentina María Servini que instruyó el juicio en ese país, que la orden vino directamente de Pinochet.

En la lista de nueve oponentes, también estuvo la ministra Chevesich. Puntualizó Escalante: “Esta vez, para la ministra Chevesich tampoco fue suficiente el peso de los hechos acusatorios en contra del dictador tenidos en cuenta por la amplia mayoría de los magistrados que lo desaforaron. Aquellos hechos figuraban en el proceso tanto en Chile como en Argentina”.

A pesar de que ya en 2004 estaba claro que Pinochet había engañado a los tribunales con su pretendida demencia incurable, Chevesich aseveró junto a sus otros ocho acompañantes que, conceder el desafuero del dictador, era abrir el camino a la formación de causa y el procesamiento en su contra, lo que para cualquier persona “implica su detención que significa situaciones extremas de esfuerzos físicos y mentales”.

Jorge Escalante entregó otros antecedentes significativos en esta materia.

En el 2010, en una resolución condenatoria de la Corte de Apelaciones de Santiago contra Manuel Contreras, por la desaparición de tres personas en 1974, Chevesich sostuvo que el exjefe de la DINA era acreedor de una atenuante por haber mantenido “una irreprochable conducta anterior”.

En una demanda civil reparatoria en contra de cuatro carabineros por la desaparición en 1973 del estudiante ecuatoriano José García Franco, la magistrada consideró que la acción civil estaba prescrita, poniéndose en contra del criterio jurídico sostenido por una mayoría de ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago, que consideran que la acción civil no puede prescribir porque está ligada a un delito de lesa humanidad, que no prescribe ni puede amnistiarse.

El trabajo de Escalante fue publicado en el contexto de que Chevesich había sido escogida por el entonces Presidente Sebastián Piñera para integrar la Corte Suprema. El periodista anotó que había parlamentarios que se oponían que la magistrada llegará al máximo tribunal. Uno de ellos era el expresidente Eduardo Frei Ruiz–Tagle.

Santiago, 17 de diciembre de 2025.

Crónica Digital.

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